Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid convoca ayudas para pymes y autónomos del sector comercial y artesano

(Foto: Imagen de Freepik).
Redacción MasVive | Martes 25 de marzo de 2025

La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid ha convocado una serie de ayudas destinadas a las pymes y autónomos del sector comercial, de servicios y artesanos de la región. Se trata de promover proyectos de inversión dirigidos a la modernización, digitalización e innovación de sus establecimientos y talleres. Se pueden solicitar hasta el 2 de abril.



Los destinatarios son aquellas pymes y empresarios individuales que se dediquen a la actividad del comercio, servicios o la artesanía y comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que son objeto de la subvención.

Respecto a los requisitos, en el caso del sector comercial y de servicios, los participantes deben desarrollar su actividad en un establecimiento físico abierto al público destinado a la venta minorista ubicado en la Comunidad de Madrid. En el caso del sector artesano, tener el taller en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

Se consideran subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las siguientes líneas de actuación:

  • Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales y de servicios, y/o talleres artesanos, considerándose incluidos los almacenes situados en el mismo local, incluyendo la implantación de medidas de ahorro energético por utilización de energías renovables, introducción de elementos tecnológicos de seguridad y eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y artesana. También serán subvencionables los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.
  • Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software, necesarios para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y artesana, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en los procesos de negocio.
  • Con carácter general, serán consideradas subvencionables aquellas inversiones que se hayan ejecutado entre el 16 de septiembre del año anterior al de la convocatoria y el 15 de septiembre del año de la convocatoria.

    Cuantía de la subvención

    La inversión mínima subvencionable en el caso del sector artesano será de 500 euros, impuestos excluidos, y en el caso de los sectores comercial y de servicios la inversión mínima subvencionable será de 5.000 euros, impuestos excluidos. Las ayudas consistirán en subvenciones del 50 por 100 del importe necesario para cubrir las inversiones señaladas y debidamente justificadas, con un máximo de 10.000 euros de ayuda por solicitante.

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